Noviembre contra la violencia
- Por Yenny Torres
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Foto: Tomada de Internet
La gente conversa del asesinato cuando ocurre, pero no tanto del ruido de los muebles por el empujón, del “so come p…” que usa para hablarle, o las condiciones que median cada “concesión”. Se normaliza.
La violencia contra la mujer, aunque es tan vieja como la propia sociedad, solo ha sido reconocida como problema en los últimos tiempos. Noviembre se ha convertido en el mes por excelencia para enfrentarla, por la celebración el día 25 de manera internacional; pero es un fenómeno que escapa del calendario y no entiende de fachas, fichas ni fechas.
En Cuba, como parte de la voluntad política del Estado, las mujeres se han situado en paridad social con los hombres.
La creación de las condiciones legales y estructurales para la equidad significan la premisa indispensable para enfrentar la violencia contra la mujer de manera macroestructural, con todas las implicaciones que tiene para minar desde su base el patriarcado como ideología, como sistema de relaciones sociales y como sostén cultural de las desiguales relaciones de poder, pero este proceso no se produce de manera lineal y sin contradicciones.
Los resultados de los pesquisajes cubanos comenzaron a adquirir relevancia a partir de la década del 90. Mostraron que los delitos en los que ellas son víctimas se producían mayoritariamente en la relación de pareja y en el espacio doméstico como ámbito privilegiado para agredirlas y ellas desempeñan el rol de agresoras en una proporción menor, casi siempre como alternativa al maltrato que padecen, y reciben mayor ensañamiento de sus hombres cuando los agreden.
Desde entonces se enunciaban como consecuencias tanto afectaciones físicas como emocionales e intelectuales, predominando el maltrato de palabra, seguido por el de sobrecarga doméstica y en tercer lugar el maltrato físico.
Transcurrió el tiempo, y en consonancia con lo establecido en la Carta Magna fue necesario la actualización del Código Penal, Ley 151, en 2022, para que más allá de lo subjetivo, se estableciera, si bien no la violencia de género como figura delictiva, sí para que fuera tenida en cuenta en muchos delitos que anteriormente no protegían a este tipo de víctima, dígase la Amenaza, la Agresión Sexual, el Abuso Sexual, el Asesinato, la Violación de Domicilio, el Acoso Laboral y las Lesiones.
Asimismo, se estableció en la Parte General de la propia norma, dentro de las sanciones accesorias aplicables a las personas naturales, la Prohibición de acercamiento a las víctimas, perjudicados u otras allegadas afectivamente, establecida en los Artículos 58 y siguientes, y va dirigida a la protección entre otras, a las víctimas de hechos cometidos como resultado de la violencia de género o familiar.
Por otra parte, un importante logro en cualquier sistema judicial es asegurar un debido proceso penal. En el caso nuestro la Ley del Proceso Penal se convirtió en una norma garantista del mismo.
La violencia atenta contra el derecho humano de la igualdad entre las personas, trayendo como resultado la alteración de la paz y el orden, motiva el incremento de la delincuencia y desmoronamiento de la familia como estructura base de la sociedad y, por ende, del Estado.
Con el aumento de estas tipicidades delictivas, el actuar de los órganos implicados para garantizar la protección, a veces no es suficiente.
Al disponerse ponen fin al proceso penal, sin necesariamente llegar al órgano jurisdiccional, la decisión se deja a voluntad de la víctima, pero esta pudiera ser resultado de otra de las etapas de la violencia. Para nadie es secreto que en no pocas ocasiones la propia mujer retira la denuncia. El sentido de culpa, la promesa de cambio, las circunstancias económicas, la presión de la familia…son muchas las causas que forman parte del mismo ciclo.
La Recomendación General No. 19 (1992) afirma que la violencia contra las mujeres es una forma de discriminación y una violación de los derechos humanos.
En nuestro país se encuentra diseñado un sistema de prevención a la violencia de género que cuenta con un marco legal para garantizar su cumplimiento. Qué sea perenne el esfuerzo por erradicar este problema, qué el tema trascienda noviembre, qué los días más que naranjas sean multicolores, qué prime la risa sobre el llanto sin importar fachas, fichas o fechas.
