Nuevas tarifas para transportación no estatal en Holguín
- Por Flabio Gutiérrez Delgado
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Como parte del seguimiento y control a la instrumentación del nuevo reglamento publicado en la Gaceta Oficial No. 85 del 6 de noviembre de 2019, con el objetivo de perfeccionar el trabajo por cuenta propia, donde aparecen las resoluciones No. 410 y 411, del Ministro del Transporte, que modifican y perfeccionan el actual Reglamento del Decreto Ley 168 “Sobre la Licencia de Operación de Transporte”, en particular el experimento realizado en La Habana con los porteadores privados que brindan servicios en vehículos automotores con capacidad de 4 a 14 pasajeros, resultó necesario establecer modificaciones a los principios.
Por consiguiente a las normas jurídicas que lo sustentan, con el objetivo de hacer corresponder los intereses de la población, los transportistas y el gobierno, en lo referido a la prestación del servicio, su precio y la adquisición y consumo de combustible.
Las modificaciones son resultado de un amplio proceso de recepción de opiniones, sugerencias, quejas, encuestas y reuniones con los transportistas. Sobre este proceso en Holguín nos comenta Delio Almaguer Ocaña, director de Operaciones en la Empresa Provincial de Transporte.
“En este proceso se unifica las modalidades de ruta y libre en una sola licencia, denominada Regular, y se mantiene la modalidad de alto confort o clásico, con su formato normal. Los transportistas en la modalidad de regular no pueden dar servicio al turismo.
“Se establece un precio diferenciado en cup para la adquisición del combustible a través de una tarjeta magnética: la Gasolina Especial B-94 se comercializará por valor de $15.00 pesos el litro, la Gasolina Regular B-90 a $10.00, Gasolina motor B-83 a $8.00, al igual que el Diésel Regular.
¿Las personas que inicien este trámite que deben hacer?
“Primeramente, todas las personas que deseen prestar este servicio deben hacerse una cuenta bancaria, luego personarse en FINCIMEX y solicitar la tarjeta magnética para adquirir el combustible diferenciado, proceso que debe culminar antes del 31 de enero de 2020, porque hay otras personas que están solicitando insertarse en esta forma de empleo, pero no podemos continuar incrementando la plantilla, hasta que transcurra este periodo que hemos dado para que los 1811 titulares automotores que tenemos, actualicen su licencia operativa en este tiempo.
Juan Carlos Sarmiento Rodríguez, director de la Oficina Provincial de la Unidad Estatal de Tráfico (UET) en Holguín, informa que “a partir del 31 de enero quien no haya cumplido con este proceso, le suspenderán la licencia por tres meses, si no cumple en esta etapa, se le retira la documentación y no podrá ejercer esta labor.
“Cuando el propietario cumpla con todos los parámetros que se exigen para prestar este servicio, al vehículo se le pondrá una pegatina en el parabrisas, que dirá Servicio Regular, con un folio que quedará registrado en un archivo y solo así este carro podrá habilitar en el Servicentro el combustible diferenciado y además se podrá identificar para cobrar el precio establecido por el Consejo de la Administración Provincial, hasta que culminemos con todos los propietarios y no exista dualidad de tarifa de precio, porque este proceso de entrega demora algunos días, debido a la validación de las tarjetas en La Habana”, aseveró Sarmiento Rodríguez.
Confirma Almaguer Ocaña que para analizar este trabajo se reunió un grupo multidisciplinario, integrado por compañeros de la Onat, el Consejo de la Administración Provincial, Finanzas y Precios, la Empresa Provincial de Transporte, el Grupo de Inspección e Investigación de Transporte y la UET, donde se hizo una valoración de los gastos que tienen los titulares de los vehículos, entre sus pagos y consumos de recursos, para conciliar los precios, de manera tal que el costo del pasaje valga lo mismo en un carro de Holguín que viaje a un municipio o provincia del oriente y viceversa. Las licencias regulares provinciales solo están autorizadas a trabajar en el oriente del país (hasta Las Tunas), acuerdo convenido con las autoridades de esas comarcas.

La tarifa impuesta al combustible es tres veces menor que la anterior y su principal objetivo es beneficiar al pueblo, pero habrá que ser exigente en el cumplimiento de este reglamento y velar las tendencias que puedan surgir para perfeccionar el trabajo a través de las experiencias. Las modificaciones referidas al precio y adquisición del combustible no son aplicables a los transportistas en la modalidad de regular, vinculados a la empresa TAXISCUBA.
Los titulares que disponen actualmente de la Licencia de Operación de Transporte en la modalidad de libre o ruta, realizarán el trámite de actualización hacia la Licencia Regular, sin costo adicional y con respeto a la fecha de vigencia de la modificada.
Se establece un consumo de combustible mínimo y máximo mensual en función del tipo de vehículo, combustible, capacidad de transportación del vehículo y actividad, regulación que debe ser controlada suspicazmente por la UET en conjunto con FINCIMEX, para tener registrado el consumo de combustible y el trabajo realizado.
Las licencias con extensión nacional se aprueban en el grupo multidisciplinario municipal en correspondencia con las necesidades del territorio y las condiciones para su ejecución de forma ordenada, en particular para la transportación de pasajeros en camiones, camionetas y ómnibus, además se establecen un conjunto de requisitos a cumplir en los medios, asociados a la seguridad y la calidad del servicio.
Los inspectores estatales del transporte a nivel nacional, provincial y municipal quedan facultados para aplicar el Decreto Ley 357 del 2018 sobre las infracciones en el ejercicio del trabajo por cuenta propia.
En las terminales municipales, piqueras, los sitios digitales del Portal del Ciudadano de la provincia y los municipios, además del sitio digital de la Empresa Provincial de Transporte y de ¡ahora!, se publicará el listado de los precios y tarifas para cada territorio, con el objetivo de que las personas conozcan cuánto es el costo del pasaje acordado en este proceso.
Está planificado que a partir del 1 de febrero comience a implementarse esta resolución, no obstante ¡ahora! digital ha recibido algunas inquietudes de algunos titulares de automotores sobre el novedoso reglamento.
Roberto Infante, propietario de un auto ligero, le preocupa como viajará cuando sea un asunto personal y desee comprar combustible en cuc y que hará para justificar ese viaje, cuando lo intersecte un inspector.

Igualmente Lázaro Portelles no comparte la idea de que los autos ubicados en la misma categoría, reciban igual cantidad de combustible, porque para eso se debe hacer un estudio de piquera, debido a que no consume los mismo un vehículo que transporta personal hacia una comunidad de la capital holguinera, que a un municipio, algo similar sucede con el 10 por ciento que deben abonar, cuando las utilidades son diferentes.
Que hacer ante la inestabilidad de combustible que ha marcado los últimos tiempos, se pregunta Julio García, cuentapropista del sector del transporte. Para esta última interrogante Juan Carlos Sarmiento informa “que no se le tendrían en cuenta los pagos obligatorios que tienen los titulares, por lo menos esa fue la variante que utilizó en la Habana”.
Lo cierto es que como todo proceso que inicia habrá que perfeccionar con el transcurso del tiempo y velar por su cumplimiento será la tarea de orden para no echar al precipicio todo lo que se ha logrado.
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