Mantienen en Holguín vigilancia sobre transgresores de precios
- Por Ania Fernández Torres
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Nacidos para terminar definitivamente con “el pan de piquito”, como dice nuestra jerga popular, fueron puestos en vigor los decretos 30 y 31, del Consejo de Ministros, publicados en la Gaceta Oficial del pasado 29 de enero, que buscan hacer frente, de manera más enérgica, a la violación de la política de precios y tarifas y las infracciones de las medidas sanitarias para la prevención y lucha contra la COVID-19.
Con su implementación se derogan los decretos 227 de 1997 y 14 de 2020, respectivamente y por el impacto que tendrán (por supuesto en el bolsillo de los violadores y los irresponsables) las nuevas cuotas a pagar, es indispensable el conocimiento de los dos nuevos textos y la aplicación de los mismos en la provincia de Holguín.
Sobre este asunto Alberto Manuel Leyva Rojas, coordinador de los programas y objetivos para la Economía, del Gobierno en el territorio, comentó: “En los decretos anulados las multas eran de hasta 100 pesos y ahora la cuantía mínima es de dos mil y la máxima de 15 mil pesos. Actualmente capacitamos y preparamos a todos los grupos de inspección, pero ya se han aplicado varias multas por los nuevos decretos”.
Entre otras cuestiones, el Decreto 30, referido a las contravenciones personales, sanciones, medidas, y procedimientos a aplicar por la violación de precios y tarifas, se establecen multas, entre cinco mil y siete mil pesos, por no presentar tablilla, carta o menú, con la categoría, raciones a servir y precios de productos o servicios y para quien cobre o permita cobrar por encima del valor aprobado, o en volumen o calidad inferior a lo establecido, entre ocho y 10 mil pesos.
Yomaris Muguercia García, subdirectora de inspección en la Dirección Estatal de Comercio en la provincia, aseveró que estas nuevas regulaciones funcionan como un proceso, en el cual el inspector debe estar bien capacitado, no tener miedo y explicar los detalles e incidencias de los hechos desde la ética y la profesionalidad, pero también sirven como complemento de la protección a los consumidores y documentos educativos para la población.
“La implementación correcta de estos depende del estricto cumplimiento de los organismos impositores y de la conciencia de la población. La batalla es tanto en el sector no estatal como en el estatal. Si no se paga en la Oficina de Multas a tiempo se duplica el importe y de no hacerse se tramita ante el Tribunal Popular. Además de las multas están las accesorias, que son los decomisos, ventas forzosas y obligación de hacer”, expresó Yurian Ricardo Vega, subdirector general de la Dirección Provincial de Finanzas y Precios.
El Decreto 31, de las infracciones de las medidas sanitarias para la prevención y enfrentamiento a la COVID-19 a su vez, recoge para quien no use o lo haga incorrectamente el nasobuco en vías públicas, ómnibus, autos, interiores de centros laborales y de servicio, dos mil pesos; para quien acuda al trabajo o centro escolar con síntomas sugerentes a la COVID-19, tres mil pesos; para el directivo de una institución docente o de trabajo que incumpla las normas sanitarias vigentes, tres mil pesos.
Esta última cuantía también se aplica por no habilitar soluciones de agua clorada o alcohólica para la desinfección de manos y superficies; por realizar fiestas que lleven a la aglomeración; los viajeros que se nieguen a realizarse el PCR en tiempo real; entre otras situaciones.
Dionisia Milagro Portelles Duque, directora de la DIS en la provincia, informó que, hasta el cierre del mes de enero, aun sin el impacto de las nuevas normas, se habían aplicado 29 mil 115 multas, lo que acumuló más de 2.3 millones de pesos, solo por el mal uso del nasobuco en colas y otros espacios. “Hoy con estas cuotas más elevadas la población va a sentir mayor rigor a la hora de cumplir con lo establecido”, enfatizó.
En ambos documentos legales se definen las autoridades facultadas para imponer las sanciones y medidas, y resolver los recursos, así como los plazos para efectuar el pago de las multas. En solo 4 días ya se aplicaron 25 multas amparadas en estos nuevos decretos, que implicaron 48 mil pesos, una gran diferencia en comparación con las normas anteriores.
Dania Borrás Santiesteban, Fiscal Jefa del Departamento de Atención al Ciudadano, en la Fiscalía Provincial, aseveró que, desde el punto de vista jurídico, estos Decretos funcionan como la autorización para aplicar normas con mayor severidad, pues las que estaban no se adecuan a las condiciones actuales, ya sea porque los ingresos de las personas ahora son superiores o por el contexto.
Realzan, además, la responsabilidad de las administraciones e incrementan el rigor del enfrentamiento y legalizan la actuación administrativa ante situaciones de trascendencia para el país, como son la Tarea Ordenamiento y el enfrentamiento a la COVID-19.
Como norma complementaria a estos, señaló la especialista, está el Decreto Ley 99, que es el procedimiento general para la imposición de multas por contravenciones, que establece la posibilidad a la autoridad actuante de incrementar o rebajar la multa en la mitad de su precio, lo cual contribuye a decisiones más adecuadas, de acuerdo a las características de la persona y la gravedad de las infracciones, para que sea más justo y equilibrado el desempeño de los inspectores.
Define, también que los representantes legales (padres o tutores) responden por el menor o mayor de edad incapacitado judicialmente que pueda incumplir alguna contravención, por ejemplo, andar sin nasobuco, insistió Borrás Santiesteban.
Sobre estos importantes temas Julio Cesar Estupiñan Rodríguez, Gobernador, durante la reunión del Grupo Provincial de Enfrentamiento a precios abusivos, comentó: “Lo crucial no es la cantidad de multas que apliquemos sino lograr la precepción de riesgo, la necesidad de cumplir lo establecido y no cometer indisciplinas e ilegalidades, pero sí está claro que resulta indispensable salir, con la preparación adecuada, a combatir a los irresponsables pues la situación actual de la provincia así lo demanda”.
La lucha contra la pandemia, que desde marzo del 2020 nos tiene contra la espada y la pared, y la continua violación de precios y tarifas, con impacto directo en los ingresos de la población, demandan la aplicación adecuada de los decretos 30 y 31 e incluso acciones punitivas de mayor rigor para los reincidentes, aquellos que piensan que, aquí, “el pan de piquito” no tendría un fin.
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