Nueva regulación en prescripción de medicamentos

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A partir de la necesidad de elevar la calidad en la atención médica a través de la prescripción adecuada y uso racional de los medicamentos fueron establecidas regulaciones en la indicación de algunos fármacos con efectos similares a las drogas, cuyo uso irracional condiciona sobreconsumos e ilegalidades.
 
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 De acuerdo con carta circular de la Dirección Provincial de Salud se reglamentan las cantidades máximas a dispensar de determinados renglones con mayor número de incidencias, así como los datos a reflejar en la receta del paciente: nombre y apellidos, Carné de Identidad, diagnóstico y dirección particular.

Las medicinas que entran en esta normativa son el Alprazolam (tabletas 0,5 mg), Clordiazepóxido (10 mg) y Diazepam (5mg), que indicados para el alivio a corto plazo de la ansiedad serán ordenados por la especialidad de Psiquiatría hasta 80 comprimidos y el resto de los profesionales un máximo de 40.

El Dimenhidrinato (50mg), este fármaco lo indicarán como antiemético o antivertiginoso sin sobrepasar más de dos tabletas cada ocho horas y por no más de tres días de consumo, con un máximo en receta de 20 tabletas. “En este caso las personas con enfermedades oncológicas, como parte de tratamientos combinados (tramadol, codeína y morfina) podrá prescribírseles hasta 60.

Por su parte, de la Difenhidramina (25mg) ordenarán el máximo de 90 tabletas especialistas en Psiquiatría, así como en Geriatría y Medicina Interna para parkinsonismos y reacciones extrapiramidales inducidas por fármacos, pero en otras enfermedades, como alergia, náuseas, vómitos, sedación o insomnio la cifra no excederá de 40 pastillas.

En tanto que de la Codeína (30 mg) y Tramadol (50mg) la dosis será de hasta 60 comprimidos, según señala el documento oficial, que prevé, además, que en todos los casos se dispensará solo una receta acompañada por su método, por cliente.

De acuerdo con la medidas regulatorias, las prescripciones, según la procedencia de los facultativos, serán dispensadas de la siguiente forma: las de los policlínicos y consultorios médicos en boticas comunitarias del área de salud correspondiente, la de hospitales en los establecimientos vinculados a la institución; las entidades asistenciales pequeñas a la farmacia más cercana designada por las Direcciones Municipales de Salud y la de profesionales de Direcciones Administrativas en la principal del territorio.

En documento circulado por las doctoras María Elena Fernández Tablada, farmaecoepidemióloga y Deysi Guerrero Guerra, jefa del Departamento Provincial de Medicamentos, se especifica que en el territorio holguinero hay “un incremento en la indicación de un grupo de medicinas que denota complacencia, lo cual condiciona a sobreconsumos injustificados de fármacos que señalan un posible uso indebido de algunos renglones y de violaciones de lo establecido en la prescripción médica”, como acto científico, ético y legal, que por lo regular debe tener constancia en la historia clínica del paciente.

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Comentarios  

# MBFM 22-10-2020 09:16
Muy de acuerdo en que se condicione ese grupo de medicinas, atemperado al momento en que estamos viviendo. No así con la medida de las recetas, ya que a veces la persona cuenta con una receta y en su farmacia no existe el medicamento, y el que trabaja en ocaciones se le facilita más comprar en la que este por el trabajo que en la que le toca por su residencia. Esta medida solo complica un poco la vida del trabajador
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