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Propiedad intelectual, poder sobre la innovación y la creatividad

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Las marcas, los derechos sobre dibujos y modelos, el derecho de autor, las patentes, los secretos comerciales, las indicaciones geográficas y otras más, pueden ayudar a que muchas ideas lleguen al mercado, donde las herramientas del sistema de Propiedad Intelectual (PI) juegan un importante papel.


En todo el mundo operan millones de pymes (pequeñas y medianas empresas), las cuales nacieron de una idea que cobró forma en la mente de alguien hasta abrirse paso. De esta manera, se considera como PI a la protección de las creaciones de la mente, del intelecto humano, y comprende como esferas de protección: los derechos de autor y derechos conexos y la propiedad industrial.


En el caso de Cuba la arista de los derechos de autor es rectorada por el Ministerio de Cultura, representada por el Centro Nacional de Derecho de Autor (Cenda); y la propiedad industrial, por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la persona de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (Ocpi).


Pero, ¿cómo se comporta este tema en Holguín?


“Nuestra provincia ha avanzado en el diseño y documentación del Sistema de Propiedad Intelectual en empresas, sobre todo las que se encuentran en perfeccionamiento empresarial; universidades y entidades de ciencia, tecnología e innovación (Ecti); pero no se gestiona sistemáticamente, no se implementa en su totalidad, no se realiza la vigilancia tecnológica, en base a los cambios del entorno, y no se considera la necesaria integración a las estrategias de desarrollo científico-tecnológico”, expresó la Dra. C. Martha María Morejón Borjas, Jefa del Departamento de Gestión de Ciencia, Tecnología e Innovación en el Citma aquí.


Por información divulgada en el Boletín Oficial de la Ocpi se conoció que en el período 2015-2020, la provincia de Holguín concretó 304 trámites, de los cuales 10 corresponden a solicitudes de registros de patentes de invención, uno a dibujos y modelos industriales, y el resto a marcas y otros signos distintivos.


La publicación expone, además, que del total de solicitudes, cerca del 58 por ciento corresponde a personas naturales, y dentro de estas, la mayor cantidad de los signos apuestan por servicios de cafetería, restaurantes y hospedaje temporal. También se tipifican las solicitudes de servicios de construcción, mantenimiento y reparación de equipos, impresión, de fotografía y entretenimiento.

 

Respecto a los productos, aparece la producción de software, conservas de frutas y vegetales, condimentos y vinos.


Por la Delegación del Citma se sabe que se les ha concedido y están vigentes, dentro de servicios de impresión, encuadernación, lumínicos, y otros: La Lucecita (marca) y Destellos del alma (lema comercial); Trásluc (marca); y Vilagraf (marca). En el caso de los Vinos aparece Sicilia Belenguer, Marpe, Don Marrero, Vimarro, Vitorien, y VC IVETT (marca) / Para tocar el cielo (lema). También existen personas naturales que tienen patentes de invención y registros de modelos industriales en sectores estratégicos como la energía y el agua.


En relación con los derechos de autor, algunas entidades del territorio utilizan esta modalidad para la protección de sus resultados. Ivette Campdesuñer Almaguer, especialista de Propiedad Industrial en el Centro de Información y Gestión Tecnológica (CIGET) comentó que entre las instituciones con más obras registradas en su Centro se encuentran la Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos (RAUDAL), la Universidad de Ciencias Médicas de Holguín, el Hospital Pediátrico Provincial Octavio de la Concepción y de la Pedraja y la Empresa Comercializadora de Combustibles Holguín.


“El mayor número de obras registradas en Cenda a través del CIGET es de personas naturales que registran, mayormente, obras musicales, literarias y fotográficas.


Debido a la situación epidemiológica que atraviesa el país en estos momentos no estamos recibiendo obras para su registro por derecho de autor”, apuntó.


La tesis doctoral Tecnología para la gestión de la propiedad intelectual en la empresa estatal cubana. Aplicación en organizaciones empresariales de la provincia Holguín, defendida en 2012, identificó una serie de problemáticas que, según su propia autora, persisten: Necesidad de implementar, no solo un sistema de propiedad industrial, sino adicionar en su gestión lo relativo a los derechos de autor; poca cultura en esta temática; presencia de productos y servicios sin marcas registradas; divulgación de logros sin previa protección; desconocimiento de la legislación vigente en la materia; no formulación de estrategias de protección de resultados obtenidos de los proyectos de I+D+i; no inclusión de gastos en los presupuestos para amparar los pagos en que se incurre al obtener y mantener un derecho de PI; transferencias desacertadas de tecnologías; insuficiente preparación de los recursos humanos en la materia;etc.


Morejón Borjas comunicó que la mayor cantidad de derechos adquiridos y vigentes se encuentra en la modalidad de signos distintivos de la rama de la propiedad industrial y dentro de esta, las marcas comerciales. “Son muy pocos los registros vigentes de patentes de invención y de dibujos y modelos industriales (modalidades de propiedad industrial) y no existe ningún registro de modelo de utilidad, lo cual apunta a la soberanía tecnológica”, agregó.


Dentro de las políticas aprobadas en materia de ciencia, tecnología e innovación, el Sistema de Propiedad Intelectual, fue la segunda, en 2014. A partir de ese año ha sido puesto en vigor un conjunto de normativas jurídicas.


La Constitución de la República también declara explícitamente en el artículo 62 que se reconocen a las personas los derechos derivados de la creación intelectual, conforme a la ley y los tratados internacionales (…); y en el Artículo 63 que se reconoce el derecho a la sucesión por causa de muerte. La ley regula su contenido y alcance.


“Al estudiar las solicitudes que están realizando las personas naturales en materia de signos distintivos, se observa que algunas no cumplen con las prohibiciones absolutas y relativas que se establecen en el Decreto Ley 203 De marcas y otros signos distintivos, pues estas personas presentan como marca, parte de sus nombres o apellidos, perdiendo dinero y tiempo, pues al final estas marcas se deniegan. También algunas adolecen de buen diseño”, explicó Borjas.


Contar con todos los requerimientos para las patentes es esencial, registrarse, también lo es.

 

Todos conocemos la vieja historia del teléfono y la adjudicación del invento a Bell antes de Meucci, cuando fue al contrario. La protección del conocimiento también forma parte del desarrollo.

 

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